Ante la avalancha de comentarios anónimos, en la que es difícil aclararse e imposible contestarlos y razonarlos todos, nos vemos en la necesidad de pediros que aun siendo anónimos os pongáis un identificador. En Segur de Calafell donde desde hace más de treinta años disfrutamos, reimos y soñamos.
lunes, 31 de agosto de 2009
QUERIDOS COMENTARIOS ANÓNIMOS
Ante la avalancha de comentarios anónimos, en la que es difícil aclararse e imposible contestarlos y razonarlos todos, nos vemos en la necesidad de pediros que aun siendo anónimos os pongáis un identificador. jueves, 27 de agosto de 2009
MÁS INICIATIVAS
Cada vez hay más acción en Segur Park. Se habían anunciado cursos y/o exposiciones, pero parecía que tras el VANDALISMO ACAECIDO, no iban a ser posibles.
Finalmente se ha efectuado uno piloto. No ha tenido gran repercusión, pero se ha realizado un curso-exposición teórico-práctico de maquillaje.
Aunque no todos hemos podido asistir y la convocatoria no ha sido general, si nos han comentado que ha sido muy profesional y ameno. Por los informes obtenidos, se lo han pasado muy bien y han aprendido. Se han hecho limpiezas, mascarillas..., diferentes técnicas de maquillaje y pintura facial. Algunas han aprovechado la coyuntura para salir maquilladas de fiesta.
Felicitamos a los promotores y participantes y esperamos que se puedan ampliar estas iniciativas en un futuro próximo y en diferentes materias. Así todos los propietarios que lo deseen se puedan apuntar y disfrutar.
martes, 25 de agosto de 2009
ÉXITO ROTUNDO EN LAS AZOTEAS DE SEGUR PARK
Alrededor de 80 comensales se reunieron en las azoteas de Segur Park para celebrar la fiesta estival. En la calurosa y apacible noche del 22 de agosto y por segundo año consecutivo unas cuantas escaleras, ocuparon los espacios abiertos de las azoteas de los edificios para celebrar este evento.
Camaradería y buen humor fueron los protagonistas de la noche de Segur Park. La colaboración entre todas las escaleras fue admirable y desde aquí la enhorabuena y agradecimiento a esos vecinos desinteresados o mejor diremos interesados en que todo salga bien, a los que no escatimaron esfuerzos para obtener este éxito sin precedentes.
Tras la cena el ambiente fue de pura fiesta, con la música sonando por doquier, los niños correteaban y los vecinos hacían la sobremesa y bailaban. En definitiva, una celebración genial. La increíble velada se alargó hasta las tres y media de la mañana con un agradable y divertido escenario musical de fin de fiesta que disfrutaron todos.
Una cena llena de emociones, diversión y sobre todo, éxito, mucho éxito, así podrían resumirse las impresiones de los asistentes.
jueves, 20 de agosto de 2009
MEDIDAS PARA EL CALOR
CALOR Y SALUD
¿COMO AFECTA EL CALOR A NUESTRA SALUD?Estamos padeciendo unos días de calor intenso y con mucha humedad. Todos sabemos más o menos que hacer, pero nos ha parecido oportuno hacer una entrada con las medidas recomendadas por el ministerio y aquí van:
Los días de calor intenso obligan al cuerpo humano a un esfuerzo de adaptación para mantener la temperatura corporal normal: se suda más, nuestras venas se dilatan...
Este esfuerzo es mayor:
1.-Durante una primera ola de calor: el cuerpo aún no está acostumbrado a las altas temperaturas.
2.-Cuando el calor continúa durante varios días o si los días y las noches son calientes.
3.-Cuando hay mucha humedad y no hay viento.
¿Qué podemos hacer para proteger nuestra salud?.
Los problemas de salud asociados a las altas temperaturas pueden evitarse con medidas muy sencillas:
1.-Beba mucha agua o líquidos sin esperar a tener sed, salvo si hay contraindicación médica. Evite las bebidas alcohólicas, café, té o cola y las muy azucaradas.
2.-En los días de intenso calor permanezca en lugares frescos, a la sombra y si es posible pase al menos dos horas en algún lugar climatizado. Tome una ducha o un baño fresco.
3.-Baje las persianas evitando que el sol entre directamente. No abra las ventanas cuando la temperatura exterior es más alta. Evite usar máquinas y aparatos que puedan producir calor en las horas más calurosas. A partir de los 35ºC en el interior de la vivienda, un ventilador sólo mueve el aire, no lo enfría. Utilice todas las medidas tradicionales a su alcance.
4.-Haga comidas ligeras que le ayuden a reponer las sales perdidas por el sudor (ensaladas, frutas, verduras, gazpachos o zumos).
5.-Evite las actividades en el exterior en las horas más calurosas, sobre todo si las actividades son intensas.
6.-Si tiene que permanecer en el exterior procure estar a la sombra, use ropa ligera y de color claro, protéjase del sol, use sombrero. Utilice un calzado fresco, cómodo y que transpire.
Las Personas mayores, los enfermos y los niños tienen más problemas
El calor no afecta a todas las personas por igual, algunas tienen más riesgo:
Las personas mayores, sobre todo las que viven solas o son dependientes.
Personas que están enfermas (enfermedad cardiovascular, cerebrovascular, respiratoria, renal, neurológica, diabetes...) o medicadas (anticolinérgicos, antihistamínicos, fenotiazinas, anfetaminas, psicofármacos, diuréticos, betabloqueadores...).
Personas con facultades mentales disminuidas.
Niños menores de 4 años.
Personas con mucho peso.
Si es muy mayor, toma medicación o padece una enfermedad crónica
Consulte con su médico acerca de las medidas suplementarias que debe adoptar. Siga tomando sus medicamentos. No se automedique.
Ayudar a las personas más frágiles de su entorno
Las personas mayores que viven solas, las personas con facultades mentales disminuidas o incapaces de adoptar medidas protectoras sin ayuda:
Deben ser visitados o controlados al menos una vez al día (mejor dos) por un miembro de la familia, amigo, vecino o por los servicios sanitarios o de cuidados a domicilio.
Niños de 0 a 4 años. Asegúrese de que beben mucho líquido, vístalos con ropa clara y ligera y no los deje nunca solos en automóviles al sol o con las ventanas cerradas.
Las personas que realizan trabajos intensos, en el exterior o actividades deportivas intensas deben reducir su actividad en las horas de máximo calor, protegerse del sol y beber abundantemente bebidas que repongan los líquidos y las sales perdidas por el sudor (agua, zumos, frutas, gazpacho, bebidas deportivas o rehidratantes...).
¿Qué problemas puede producir el calor y cómo debemos actuar?
El calor puede producir desde irritaciones en la piel y calambres hasta un aumento de temperatura tal, que puede llevarnos incluso a la muerte si no recibimos atención médica urgente.
Nuestro organismo está compuesto de un 60% de agua. La pérdida de agua y sales minerales por el sudor, si no se repone, produce síntomas como dolor de cabeza, mareos, debilidad muscular o calambres, náuseas y vómitos e incluso pequeñas elevaciones de la temperatura corporal.
RECONOCER LOS PROBLEMAS DE SALUD QUE PRODUCE EL CALOR ES IMPORTANTE PARA TOMAR MEDIDAS.
A) Calambres
Calambres musculares (en piernas, abdomen o brazos), sobre todo si se suda mucho durante una actividad física intensa.
¿Qué se debe hacer?
.- Parar toda actividad y descansar en un sitio fresco.
.- Evitar la actividad física intensa durante varias horas.
.- Beber zumos ligeros y bebidas deportivas diluidas en agua.
.- Consultar a su médico si los calambres duran más de una hora.
B) Agotamiento por calor
Ocurre después de varios días de calor: la sudoración excesiva reduce los fluidos corporales y la restauración de las sales.
Principales síntomas: debilidad, fatiga, mareos, náuseas, desmayo...
¿Qué se debe hacer?
.- Descansar en lugar fresco.
.- Beber zumos o bebidas deportivas diluidas en agua.
.- Consultar a su médico si los síntomas empeoran o duran más de una hora.
C) Golpe de calor
Problema grave: el cuerpo es incapaz de controlar la temperatura, que se va incrementando rápidamente y puede alcanzar los 40,6º C.
Los síntomas principales: calor, sequedad y piel roja, pulso rápido, dolor intenso de cabeza, confusión y pérdida de conciencia.
¿Qué se debe hacer?
.- Llamar a urgencias.
.- Mientras se espera, enfriar el cuerpo, estar en una habitación oscura, poner paños de agua fría sobre el cuerpo o darse un baño o ducha fría. Sin ayuda médica urgente, un golpe de calor puede ser fatal.
Las quemaduras solares se producen por el sol directo sobre la piel aunque el día no sea muy caluroso. Deben evitarse, estando menos tiempo al sol y usando cremas de protección.
Podemos prevenir fácilmente los problemas que el calor produce en la salud
Para más información
902 22 22 92
Centro de Contacto de Cruz Roja
Fuente: Ministerio de Sanidad
miércoles, 19 de agosto de 2009
CENA COMÚN A, B, C y D
lunes, 17 de agosto de 2009
UNA HISTORIA SIN FINAL
domingo, 16 de agosto de 2009
DIVERTIOS
Nos alegramos de que a pesar de todo, los vecinos de la escalera A de Segur Park hayan convocado de nuevo la fiesta de verano, que según anuncian es su segunda edición. ¡¡Felicidades!! a todos los vecinos de esta escalera y esperamos que os lo paseis muy bien.
jueves, 13 de agosto de 2009
VERDADES
En todo caso sí, hemos investigado un poco y hay hechos destacables que vamos a manifestar:
1.- Día 14 de marzo de 2008, reunión de todos los propietarios en el parkin para que contrariamente a cualquier ley, pueda dimitir el presidente tras recibir una demanda judicial. Presenta las cuentas con interrogantes en lugar de números y se aceptan, (¿somos todos tontos?).
Se elige con el voto unánime de todos los presidentes a la actual presidenta.
Al cabo de un año "por decreto vecinal" las reuniones celebradas tradicionalmente en el parkin a las que concurrían todos los vecinos pasan a ser informativas, ¿ya no son legales? ¿Qué hemos estado haciendo todos estos años atrás?... Amenazan a la presidenta de llevarla a juicio si hace una reunión de todos los propietarios.
2.- Día 5 de julio 2008, reunión de presidentes, ante la evidencia de cuentas poco claras y obras muy costosas (Sí, hablamos de posibles comisiones), la actual presidenta propone el cambio de administrador para la zona mancomunada, se vota en la reunión y se acepta por mayoría. En ese momento Finques Tomás deja de llevar la administración de la zona mancomunada y sigue con todas las escaleras y el parkin. Al día siguiente dicho administrador dimite de todas las escaleras. Posteriormente fue presionado para que siguiera administrando las escaleras B, E, F y G.
3.- En el mes de Febrero de 2009, se realiza la reunión de presidentes, en la que entre otros temas se rebaja el presupuesto anual de gastos zona mancomunada piscina y portero.
miércoles, 5 de agosto de 2009
ACLARAR IDEAS EN SEGUR PARK
Después de comprobar que los comentarios que dejáis van todos en la misma línea se nos ha ocurrido hacer una entrada al respecto que sino sirve para aclarar las ideas, si al menos para dejar patente la posición de los que escriben en este blog. Este es un blog para todos, para todas las escaleras, donde todos podamos participar, escribir, poner cosas en común y decir lo que pensamos, nos podemos identificar o escribir de manera anónima. Los comentarios son libres y no se censuran.Dicho de otra manera, si hacemos obras pequeñas, por escaleras o edificios, siempre habrá menos desviaciones, y serán supervisadas por los propios vecinos. Cuando son obras grandes es más difícil controlar la situación.
martes, 4 de agosto de 2009
VECINOS TERRORISTAS!!!
A partir de ahora, debemos saber que no se puede opinar en Segur Park dado que conlleva la seguridad personal. Queridos vecinos, absténganse de expresar sus ideas o hablar en público, no sea que les pinten el coche, les quemen la casa o les rapten a sus hijos. ¡¡¡Protéjanse de sus vecinos, SON TERRORISTAS!!!
Realmente, ¿qué esperan? buscan el vacío de poder, la anarquía de todas las maneras posibles, el caos, el desastre. ¿Hacia dónde nos dirigen los responsables de semejante fechoría? Pretenden hacer su voluntad pasando por encima de cualquier ley u orden establecido. Ni aun ahora que todo está ya en vías de solucionarse de manera determinante gracias al dictamen de un juez, han sido capaces de esperar y afrontar la resolución con entereza. Prefieren el caos para así hacer y deshacer a su antojo y libre albedrío. Parece que hay mucho miedo de que la sentencia sea contraria, y necesitan tomar medidas drásticas y determinantes provocando el terror entre sus vecinos.
UN LECTOR DENUNCIA UN ATENTADO
Hola,
Ya que me habéis invitado a escribir un artículo en vuestro blog y que me acabo de enterar de que han atentado contra una propiedad de la Presidenta de la Mancomunidad, concretamente le han pintado el coche con spray de pintura poniendo la frase VETE YA, expongo mi repulsa total y absoluta a esta acción, llegar a este extremo es de una bajeza y un grado de incivismo incomprensible para mí. HAY QUE ADOPTAR MEDIDAS PARA QUE ACCIONES COMO ESTA NO SE VUELVAN A REPETIR.
Creo que debemos emprender acciones que ayuden a dialogar, evitar posturas extremistas y negociar un orden de gestión de la MANCOMUNIDAD en el que todos quedemos representados aunque tengamos que ceder en algunas de nuestras exigencias en aras de conseguir una correcta convivencia entre todos los vecinos.
Saludos,
Anónimo
jueves, 30 de julio de 2009
QUE HACER ANTE PICADURAS DE MEDUSA
La pregunta de todo el mundo, que hacer cuando notas una picadura y estas en el mar y a continuación tienes un dolor o picor intenso. Probablemente sea de una medusa, puede ser simplemente un fragmento de ella, o un tentáculo. A continuación os adjunto las medidas a tomar propuestas por el Ministerio de Sanidad.
En los últimos años y en determinadas épocas, en algunas costas de nuestro litoral se ha venido observando la llegada de numerosas poblaciones de medusas, que son arrastradas por las corrientes marinas, pudiendo dar lugar en algunos casos a no poder pasear o bañarse en las playas afectadas. Las medusas tienen unas células urticantes, que contienen en su interior veneno, cuando lo liberan lo hacen para defenderse de algún peligro o para capturar presas. Por norma general, la mayoría de los incidentes ocurren por contacto accidental con las medusas en el baño, al ser pisadas o al ser manipuladas, generalmente por los niños.
Aunque siempre hay excepciones, las picaduras de las medusas no suelen ser graves, generalmente suele estar relacionado con la especie. El contacto con medusas, vivas, muertas o con restos de ellas se caracteriza por dolor y/o un picor intenso e inmediato en la zona afectada, pudiendo aparecer reacciones locales con enrojecimiento, inflamación y vesículas pequeña entre otros, más rara es la sintomatología de carácter general como náuseas, vómitos y calambres musculares. Los casos más graves pueden presentar pérdida de conciencia con el consecuente riesgo de ahogarse.
Las personas que hayan tenido contacto previo, pueden estar sensibilizadas y una segunda picadura puede producir una reacción más severa. Deberán tener especial cuidado las personas con un historial de alergias así como las personas con problemas cardíacos. Se debe extremar la vigilancia a los niños pequeños.
Además de los bañistas de las playas, también pueden verse afectados los submarinistas así como los trabajadores del mar. Se recomienda precaución, ya que el mayor riesgo es no tener conciencia del peligro que puede suponer el contacto con estos animales invertebrados.
Si ha sido picado o ha tocado una medusa conviene seguir los siguientes consejos:
1.- Hay que limpiar la zona afectada por la picadura.
2.- No frotar la zona afectada, ni con arena ni con la toalla ni con nada que pueda lesionar más.
3.- Usar siempre agua salada. No limpiar la zona afectada con agua dulce.
4.- Durante 15 minutos aplicar frío sobre la zona afectada usando una bolsa de plástico que contenga hielo. Nunca aplicar hielo directamente a no ser que sea de agua marina.
5.- Si hay algún resto de tentáculo adherido a la piel, no realizar movimientos bruscos para desprenderse de ellos, se deben quitar, pero nunca tocar la zona afectada con las manos. Se utilizarán pinzas.
6.- Si el dolor es muy intenso o el estado de la persona empeora progresivamente, deberá acudir de inmediato a un centro médico.
También se señalan una serie de consejos y recomendaciones útiles si hay un gran número de medusas en las zonas de baño:
Tomar precauciones incluso si hay medusas en zonas alejadas de las zonas de baño, la acción de las olas rompe los tentáculos y los trozos flotantes de medusas están activos.
No pasear por la playa en la zona donde rompen las olas y pueden abundar fragmentos de medusa.
En los días que aparecen las medusas evitar los juegos en la orilla de la playa. Con precaución y sin tocarlas con los dedos sacarlas fuera del agua.
Recoger con cuidado aquellas que se han quedado en el borde de la playa. Avisar a otros bañistas que no las toquen incluso si éstas parecen muertas o están fraccionadas.
Cuando las medusas aparecen en las playas la mejor precaución es permanecer fuera del agua.
Fuente: http://www.msc.es/
sábado, 25 de julio de 2009
NO TODO SON SONRISAS
ACCIDENTES EN LA PLAYA No todo son sonrisas, los accidentes y muertes por ahogamientos ponen una nota negra en nuestras vidas y la tristeza en los hogares de los afectados. Aprovechamos para dar el pésame a los allegados y a continuación pondremos el artículo al respecto del ministerio de sanidad.
Con la llegada del calor una de las medidas que se utilizan para refrescarnos son los baños en aguas recreativas, incluyendo las aguas costeras (playas), los lagos y ríos de agua dulce y las piscinas. Los riesgos para la salud asociados con baños en las aguas recreativas pueden minimizarse con conductas seguras y sencillas precauciones.
Los riesgos para la salud más importantes en las aguas recreativas son los ahogamientos y las lesiones por impactos, especialmente las lesiones en la cabeza y en la columna vertebral producidas por la falta de responsabilidad que desencadena situaciones de riesgo. Tirarse de cabeza en zonas poco profundas (olas en la orilla). Caídas de personas mayores con poca estabilidad y que no se pueden levantar... Una persona puede ahogarse si queda atrapada en una marea o corriente rápida, si una marea alta le cierra el paso, al caer por la borda de un barco, si es atrapada por obstáculos sumergidos o se queda dormida sobre un colchón hinchable mientras se adentra en el mar.
En las piscinas los ahogamientos pueden deberse a accidentes al tirarse al agua de cabeza y perder el conocimiento por el impacto. Si el agua está turbia puede ser difícil ver a los nadadores u obstáculos sumergidos, lo que incrementa las probabilidades de un accidente en el agua. Los niños pueden ahogarse en muy poco tiempo y en una cantidad relativamente pequeña de agua. El factor que contribuye con más frecuencia a que los niños se ahoguen es la falta de supervisión por los adultos. Los niños en o cerca del agua deben estar bajo una constante supervisión de los adultos.
Las lesiones por impacto son normalmente resultado de accidentes de buceo, especialmente por bucear en aguas poco profundas y/o tropezar con obstáculos bajo el agua. El agua puede parecer más profunda de lo que en realidad es. El impacto contra una superficie dura puede producir lesiones en la cabeza y/o en la columna vertebral. Las lesiones en la médula espinal pueden dar lugar a diversos grados de paraplejía o tetraplejía.
A la hora del baño, es aconsejable evitar los riesgos que representan las zambullidas, que provocan cada año más de un 5% de las lesiones medulares que se registran en nuestro país, sobre todo en niños y adolescentes: entre un 80% y un 90% de los afectados por estos accidentes tienen entre 15 y 25 años. Los expertos recomiendan sencillos consejos que minimizan este peligro:
- Adoptar conductas seguras en las aguas recreativas: usar chalecos salvavidas cuando sea adecuado, prestar atención a las mareas y las corrientes, evitar los desagües en piscinas y balnearios.
- Ejercer una constante supervisión de los niños cuando estos estén cerca de aguas recreativas, incluso cuando la cantidad sea pequeña.
- Evitar el consumo de alcohol antes de cualquier actividad en o cerca del agua.
- Comprobar cuidadosamente la profundidad del agua antes de sumergirse y evitar bucear o saltar en aguas turbias, donde pueden no ser visibles nadadores y objetos.
- No tirarse de cabeza en zonas poco profundas o donde se desconozca la profundidad del agua. No saltar sobre otras personas en el agua.
También en las piscinas deben tomarse precauciones higiénicas adicionales, como ducharse antes de entrar al agua (incluso los niños) para impedir el contagio de enfermedades infecciosas, y se debe usar calzado de goma en las duchas para evitar afecciones por hongos, como el pie de atleta.
En general, también hay que ser precavidos con los cortes de digestión. Lo más recomendable es ducharse antes de introducirse en el agua para facilitar la aclimatación térmica del organismo que evitará cortes de digestión y otras complicaciones.
Recomendaciones SEGURIDAD INFANTIL
Éstas son algunas de las advertencias y recomendaciones de la guía elaborada por la Alianza Europea para la Seguridad Infantil:
-Motos acuáticas: Sus usuarios se lesiona 8,5 veces más que los de otras embarcaciones a motor. Los conductores deben tener 18 años, los pasajeros al menos 16.
- Submarinismo: No recomendado antes de los 12 años, por riesgos en oídos, hipotermia y falta de madurez para afrontar emergencias. Los menores deben pesar al menos 45 kilos y medir 50 metros para los cursos de iniciación.
- Embarcaciones: El 85% de las muertes se podrían prevenir con el uso de chalecos salvavidas.
- Piscinas y toboganes de agua: Un 18% de los accidentes se producen en toboganes de agua, una cuarta parte de ellos por colisión entre personas. Un tercio de los lesionados tienen entre 15 y 19 años y los niños con sobrepeso tienen más probabilidades de resultar accidentados.
- Zambullidas: Un 44% de las lesiones medulares graves por inmersión se produjeron en la primera visita a una piscina. En el 87% no se indicaba la profundidad.
- Socorristas: Por cada rescate en el agua que realizan, hay 49 acciones preventivas.
- Los hoteles deben extremar la vigilancia en sus instalaciones con marcas de profundidad y el vallado de piletas. También se debería hacer en piscinas comunitarias.
jueves, 16 de julio de 2009
DEMANDA JUDICIAL
Parece que por fin tenemos una demanda judicial, no es que me parezca una idea fantástica, pero quizá sí LA SOLUCIÓN. Aun no sabemos de que va, pero suponemos que tiene que ver con el reparto de gastos. Probablemente será la única manera de acabar con el tema de lo que corresponde pagar a cada propietario. Veremos que sucede. Suerte para todos, lo importante será aclarar conceptos.
lunes, 13 de julio de 2009
Elegir gafas de sol: La salud visual
La adquisición de las gafas de sol debe estar supervisada por un especialista de la visión.
Elija la gafa más adecuada al uso preferente que se les va a dar, sea playa, montaña, deporte, conducción, etc.
La gafa de sol ideal debe ser neutra desde el punto de vista óptico, cubrir de frente y lateralmente de los rayos nocivos, tener un alto grado de protección contra los rayos ultravioleta, ausencia de rugosidades y bordes vivos, con cristales u orgánicas, nunca de plástico.
Además de hacer frente a las radiaciones solares, unas gafas deben permitir una óptima agudeza visual.
No se deje engañar por el color de las lentes. Algunas lentes blancas filtran el 100% de la radiación UV mientras que otras muy oscuras no filtran correctamente la luz UVA pero si la visible, favoreciendo una mayor dilatación pupilar y, como consecuencia, un incremento de la radiación UVA que recibe el ojo.
Preste especial atención a los niños, su cristalino es casi transparente hasta los 10 ó 12 años, y sus ojos absorben toda la radiación. No les compre gafas de sol de juguete o que no cumplan estrictamente con la reglamentación de la Comisión Europea.
Para que la lente solar proteja de forma adecuada, debe estar perfectamente adaptada al rostro: la montura no debe quedar ni descentrada ni alejada de la cara.
Antes de comprar cualquier gafa de sol, compruebe que esté marcada con el sello de la Comunidad Europea y que en la etiqueta figure la clase a la que pertenece o la categoría de su filtro.
Asegúrese de que en el etiquetado o en el folleto informativo figuran el nombre y dirección del fabricante, las instrucciones de almacenamiento, uso, limpieza y mantenimiento o desinfección aconsejados por el mismo, así como los consejos y advertencias de seguridad en caso de que, por ejemplo, estén fabricadas con un tipo de filtro que no sea apto para la conducción de vehículos.
Más allá de modas y cuestiones estéticas, el color de sus lentes indica para qué actividades son más adecuadas unas gafas.
Marrón: para filtrar las radiaciones azules. Aumenta el contraste y la profundidad de campo y es ideal para los deportes al aire libre, ya que produce un efecto relajante. Indicado en caso de miopía.
Verde: permite una percepción de los colores con muy pocas alteraciones. Reduce la luz visible sin interferir con la claridad de visión. Especial para deportes náuticos e hipermetropía.
Amarillo: mejora el contraste en días nubosos, brumosos y con niebla. No se recomienda su uso para conducir en días soleados ya que puede provocar errores en la percepción de las luces rojas y verdes de los semáforos.
Gris: permite su uso continuado en el tiempo, ya que transmite uniformemente la luz a través del espectro y respeta mejor los colores naturales. Recomendado para conducir.
Naranja: no es apto para uso solar. Aumenta el contraste más aún que el color amarillo y es el más adecuado para situaciones en que el cielo está encapotado. Proporciona el mayor contraste cuando se dan situaciones de baja luminosidad y es un filtro eficiente para la luz azul. Es el color idóneo en condiciones de baja luminosidad, como la conducción nocturna o con niebla, ya que aumenta los niveles de contraste.
Grados de absorción de los filtros
Filtros fotocromáticos: responden a la intensidad de la luz ultravioleta cambiando su tonalidad de clara a oscura. Aconsejable para frecuentes entradas y salidas de interior a exterior.
Filtros espejeados: ofrecen una protección máxima frente al UVA por lo que son recomendados para el esquí o la escalada. Su inconveniente: se rayan fácilmente.
Filtros polarizados: minimizan los deslumbramientos, ya que eliminan los reflejos de ciertos ángulos de superficies como el agua la nieve o la arena. Por tanto, son muy útiles para trabajos sobre superficies reflectantes, la pesca, deportes acuáticos...
Filtros con antirreflejo: neutralizan las reflexiones de los rayos que pasan por los lados de las gafas.
La salud visual está en juego
La exposición al sol sin protección puede originar importantes lesiones en la córnea, retina y cristalino, provocando conjuntivitis, la afección más habitual, úlceras crónicas y la aparición prematura de cataratas.
Para prevenir las cataratas lo más eficaz es llevar gafas de sol que filtren la radiación UVA y UVB, y a ser posible con protectores laterales que eviten la radiación reflejada en el suelo, paredes, y en algunas partes del cuerpo como la cara y el cuello.
Los daños que provocan unas gafas inadecuadas no aparecen en seguida, sino después de algunos años y en la mayoría de los casos las lesiones son irreversibles.
Algunos dolores intensos de cabeza y fotofobias anormales (intolerancia y temor anormal a la luz) también están producidos directamente por la utilización de gafas de sol, que no disponen de los filtros adecuados para evitar el paso de la radiación ultravioleta a los ojos.
sábado, 11 de julio de 2009
Estado de las playas
Aquí teneís un enlace para poder comprobar el estado de la playa, tanto del agua como de la arena. Debemos advertir que a fecha de hoy, según esta página, está en mejores condiciones la playa que tenemos frente a nuestro edificio de Segur Park y la de Cunit, que la del resto de Segur de Calafell y Calafell.Onbeach.com
miércoles, 17 de junio de 2009
PROTECCIÓN SOLAR
Una piel bronceada puede parecer más bonita. Pero el sol, además de ponernos morenos, tiene otros efectos sobre la piel, en este caso poco deseables. Confiamos en las cremas protectoras para evitar esos problemas, pero ¿hasta qué punto nos protegen del sol? ¿Es clara y suficiente la información de la etiqueta? Sepa cómo elegir una buena crema protectora.La protección total, no existe.
No existe una protección total contra las radiaciones solares. Para ello necesitaríamos un producto que bloqueara los rayos UVA (causantes del envejecimiento prematuro de la piel) y UVB (los que provocan inflamaciones, enrojecimiento y quemaduras), que fuera resistente al agua, al sudor y la arena, que no perdiera nunca sus propiedades, y que además fuera apto para todo tipo de pieles. No existe nada así, de momento.
Por ello, recomendamos no exponerse al sol a las horas centrales del día, que es cuando más puede dañar la piel. Además de usar la crema solar, es conveniente proteger los ojos con gafas de sol y la cabeza con un sombrero o gorra, mejor de algodón, que es un tejido más eficaz frente a rayos solares (aunque, tenga cuidado, el algodón mojado no protege).
Las sesiones de rayos UVA no sirven para preparar la piel, ni el hecho de tener la piel más morena u oscura implica que pueda tomar el sol sin protección, ya que los rayos solares dañan el ADN de cualquier tipo de piel. Si ya se le ha quemado la piel, el uso de protectores evitará que ésta sufra un estrés mayor.
Un par de meses antes de exponerse al sol consuma alimentos ricos en antioxidantes que ayudan a combatir los radicales libres producidos por los rayos solares. Beber mucho líquido y zumos contribuye también a mantener la piel hidratada.
La crema, con factor de protección alto.
A la hora de elegir una crema protectora, lo principal es fijarse en su factor de protección contra los rayos UVB y UVA, cuya combinación aumenta el riesgo de padecer cáncer de piel.
El factor de protección indica el tiempo que una piel determinada puede permanecer al sol sin sufrir daños. Por ejemplo, si una persona puede estar al sol 10 minutos sin quemarse, con un factor de protección 6, sólo podrá estar 60 minutos expuesta sin quemarse.
Un producto "resistente al agua" significa que no se disuelve ni durante el baño en el mar o la piscina, e incluso con el sudor, por ejemplo. Si el producto es "estable" o "fotoestable" significa que mantiene su composición incluso a pleno sol, sin que sus propiedades protectoras se pierdan.
La crema debe aplicarse un rato antes de exponerse al sol, incluso dos horas antes en casos de pieles sensibles. Lo normal es utilizar una cantidad de crema equivalente a seis cucharaditas de café (unos 35 grs.) para todo el cuerpo. Se recomienda repetir la aplicación cada dos horas, después de bañarse o de haber sudado mucho. Insista en las zonas más expuestas al sol, como la nariz o las orejas. Para los labios use un producto específico.
Todas las cremas pierden eficacia una vez abiertas, más si ha transcurrido un largo tiempo, por eso se recomienda no guardarlas de un año para otro. Deseche aquéllas que desprendan un olor rancio o hayan perdido consistencia, ya que pueden estar en mal estado.
Las etiquetas, ahora más claras.
Gracias a una nueva recomendación europea los fabricantes de cremas protectoras tienen que adaptar el etiquetado para informar mejor al consumidor y poder usar estas cremas de forma más correcta. Para empezar, estos productos deben proteger siempre frente a rayos UVB y UVA (ojo, los aceites bronceadores no llevan protección), y se debe indicar el índice de protección que alcanzan según la nueva escala para cada tipo de radiación:
Menos de 6: no protege
6-10: baja protección
15-25: media protección
30-50: alta protección
50+: muy alta protección
A pesar de la nueva legislación, que no es vinculante, todavía encontramos en el mercado productos cuyas etiquetas pueden confundir al consumidor, ya que muestran indicaciones poco claras, como "protección segura" en un producto para bebés, para los que hay que evitar la exposición solar.
domingo, 7 de junio de 2009
+ DE PLAYA
1.- Controlar la calidad de las aguas de baño en Cataluña de acuerdo con los criterios que establece la Directiva comunitaria 2006/7/EC, relativa a la calidad de las aguas de baño.
2.- Velar por la calidad de las playas y la salubridad de las aguas de baño.
3.- Facilitar periódicamente, durante la temporada de baño, los resultados relativos a la calidad de las playas y zonas de baño interiores a la opinión pública y a las autoridades locales.
Para ver el estado de las playas este verano, mirais este link del ACA
Verano 2009 Estado de las playas y las aguas litorales, eligiendo el pdf correspondiente
La de la primera semana de julio ya está disponible y está en el siguiente link
Del 1 al 7 de julio del 2009
Fuentes: http://aca-web.gencat.cat/aca
domingo, 31 de mayo de 2009
DIRECTIVA AGUAS DE BAÑO
El día 15 de febrero de 2006 el parlamento Europeo aprobó la nueva Directiva de Aguas de Baño (2006/7/CE) que ha de sustituir a la antigua Directiva 76/160/CEE.
Apartados importantes:
1.- Priorizar la protección de la salud de los bañistas con la obligación de tomar medidas de gestión para reducir los riesgos asociados a la contaminación.
2.- Elaborar un perfil de cada zona de baño donde se identifiquen todas las fuentes potenciales de contaminación y su afectación.
3.- Incrementar y mejorar la información que se da al usuario para que éste pueda decidir dónde y cuándo bañarse, mediante señales en las zonas de baño e información en internet.
4.- Disponer de planes de emergencia para circunstancias excepcionales.
5.- Posibilidad de descontar muestras (y, por lo tanto, mejorar la clasificación de la zona de baño) en caso de aplicar sistemas de previsión de contaminación y buenas medidas de gestión.
Entrada en vigor
La Directiva 2006/7/CE entró en vigor el 24 de marzo de 2006.
La directiva completa la encontraréis:
Directiva 2006/7/CE relativa a la gestión de la calidad de las aguas de baño y por la que se deroga la Directiva 76/160/CEE (PDF)
Fuente: Ayuntamiento de Barcelona
viernes, 22 de mayo de 2009
CONVENIO TARRAGONA - HORARIO PORTERO PLENA DEDICACION
No se deben confundir los dos tipos de horas de trabajo:

a.- Jornada laboral: 40 horas de trabajo efectivo.
b.- Tiempo de servicio: horas que debe permanecer el portero en la finca, sin realizar ningún trabajo, a disposición de las necesidades comunidad. Total respetando un descanso nocturno de 10 horas.
No debe entenderse como puesto de trabajo habitual la estancia en la propia vivienda.
Del III Convenio colectivo de trabajo para empleados de fincas urbanas de Cataluña para los años 2007, 2008 y 2009 extraemos la jornada laboral de los porteros de plena dedicación. A continuación:
"CAPÍTULO IV. ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO.
Artículo 20. Jornada de trabajo.
La duración de la jornada para porteros y conserjes de plena dedicación será de 40 horas semanales de trabajo efectivo, respetando el contenido del artículo 34.2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, con los siguientes apartados:
Tiempo de servicio:
A. Será tiempo de servicio, para los porteros con plena dedicación, el comprendido entre las horas señaladas por las Ordenanzas Municipales para apertura y cierre de portales, siempre que esto permita el descanso nocturno de 10 horas.
B. Para los porteros sin plena dedicación, regirá el mismo tiempo de servicio, pero dispondrán, dentro del mismo, de las horas precisas para la realización de la labor que tengan autorizada. Por la propiedad podrá exigirse un tiempo de presencia mínimo de tres horas diarias para realizar las funciones previstas en este convenio.
C. Los conserjes y porteros tendrán ocho horas de trabajo efectivo al día que, podrán ser ampliadas a diez, pagándose las que excedan de ocho a prorrata.
Artículo 21. Horas extraordinarias.
Las horas de trabajo que se realicen por encima de la jornada descrita en el artículo anterior, tienen el carácter de horas extraordinarias, por lo que serán retribuidas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 35 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo).Artículo 22. Organización practica del trabajo.
Corresponde a la propiedad del inmueble la facultad de organizar el trabajo, siempre con sujeción al presente convenio. Las instrucciones y las órdenes sobre el mismo serán dadas al empleado única y exclusivamente por el propietario del inmueble o sus representantes legales, presidente de la comunidad de propietarios o cooperativa y, administrador de la finca.
Artículo 23. Puesto de trabajo.
En el caso de porteros no debe entenderse como puesto de trabajo habitual la estancia en la propia vivienda cuando exista el mostrador de conserjería en la finca que, deberá reunir las debidas condiciones para su utilización."
Publicación: DOGC 4918 - 04/07/2007.
jueves, 21 de mayo de 2009
FONDO DE RESERVA OBLIGATORIO
Dentro del catálogo de obligaciones que el art. 9 LPH impone al propietario de cada piso o local por razón de la propiedad horizontal, el vigente art. 9.1.f) I LPH establece ahora, siendo ésta una de las novedades más significativas de la Ley de Reforma, la obligación de «contribuir, con arreglo a su respectiva cuota de participación, a la dotación del fondo de reserva que existirá en la Comunidad de Propietarios para atender las obras de conservación y reparación de la finca».
Aunque el art. 9.1.f) I LPH no lo dice -al igual que sucede con la obligación de gastos generales en el art. 9.1.e) I LPH)- es evidente que la obligación de contribuir a la dotación del fondo de reserva es una obligación en la que la prestación debida consiste en entregar una cantidad determinada de dinero. Se trata, por consiguiente, de una obligación pecuniaria de las denominadas por la doctrina deudas de suma de dinero.
La ley obliga a depositar en el fondo un 5 % de los gastos generales del ejercicio anterior.
Fuente: line-legal.com
PORTERO O CONSERJE??
Porteros - Conserjes
En Segur Park de Segur de Calafell tenemos un portero con vivienda en el inmueble y plena dedicación.
Se entiende incluido en la categoría de Portero a la persona mayor de edad civil que, teniendo casa-habitación en el inmueble, propiedad de la empresa en el que presta su servicios y cumpliendo los requisitos de capacidad determinados en este Convenio realice los cometidos señalados en el mismo en virtud de contrato de trabajo. Para el cumplimiento de su cometido laboral, se entenderá que el puesto de trabajo será tanto en la portería, mostrador, etc., como desarrollando las funciones que son propias de su labor.
Se entiende por Conserje a la persona mayor de edad civil, quien sin tener casa habitación propiedad de la empresa en el inmueble en el que presta sus servicios y cumpliendo los requisitos de capacidad determinados en este Convenio, realice los cometidos señalados en la misma en virtud de Contrato de Trabajo. Para el cumplimiento de su cometido laboral, se entenderá que el puesto de trabajo será tanto en la conserjería, mostrador, etc. como desarrollando las funciones que son propias de su labor.
Por razón de permanencia en el servicio, estos trabajadores se clasifican en contratados a jornada completa y contratados a tiempo parcial.
Es personal contratado a jornada completa el vinculado con el empresario en virtud de Contrato de Trabajo celebrado por tiempo indefinido o temporal con jornada laboral de 40 horas semanales de trabajo efectivo.
Tendrá la consideración de contratado a tiempo parcial el empleado que cubre parte de la jornada laboral de 40 horas semanales trabajo efectivo.
El Contrato de Trabajo de los porteros y conserjes deberá efectuarse necesariamente por escrito triplicado, debiendo obrar un ejemplar en poder de cada una de las partes contratantes, y el tercero en la Oficina de Empleo correspondiente en aquellos casos que así esté establecido por la Ley.
Se establece un periodo de prueba máximo de dos meses, en el que el Empleado de finca urbana tendrá los derechos y obligaciones derivados del puesto de trabajo que desempeñe, excepto los derivados del disfrute de casa habitación en el caso de los porteros; y de los derivados de la resolución laboral, que podrá producirse a instancia de cualquiera de las partes en el transcurso de la misma, y en la totalidad de las categorías.
Quedará rescindido el Contrato de Trabajo, sin obligación de indemnizar al empleado de finca urbana, en los casos siguientes:
1.- Por fuerza mayor que imposibilite definitivamente la prestación de trabajo siempre que su existencia haya sido debidamente constatada conforme a lo dispuesto en el apartado 12 del artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores.
2.- Por mutuo acuerdo entre las partes
3.- Por expiración del tiempo convenido en la realización de la obra o servicio determinado.
4.- Por renuncia del trabajador, debiendo mediar un preaviso mínimo de quince días, el incumplimiento por parte del trabajador de la obligación de preavisar con la indicada antelación, dará derecho a la empresa a descontar de la liquidación del mismo el importe de un día por cada día de retraso del preaviso.
5.- Por muerte, gran invalidez o invalidez permanente total o absoluta
6.- Por jubilación del trabajador, salvo lo dispuesto en el artículo 51, debiendo mediar un preaviso por escrito de 30 días naturales, su incumplimiento dará derecho a la empresa a realizar el descuento a que se refiere el apartado 4 de este artículo.
7.- Por despido procedente del trabajador.
Fuente: Line-legal
jueves, 14 de mayo de 2009
LEY CATALANA - DERECHO ROMANO
El tema del condominio, todos somos "dueños y señores" de zonas comunes en Segur Park, nuestra mancomunidad. Tenemos zonas privativas y zonas comunes con una cuota fija para las zonas comunes y un coeficiente respecto a nuestro edificio, según el caso. En el capítulo III en las segunda y tercera secciones se regulan los conjuntos inmobiliarios con varios edificios pero con zonas comunitarias, como son piscinas o zonas de recreo. Aquí os paso un fragmento de La Ley 5/2006, de 10 de mayo, del Libro quinto del Código civil de Cataluña, relativo a derechos reales. El resto lo tenéis aquí:
"El título V regula las llamadas situaciones de comunidad, tanto con relación a la comunidad ordinaria, es decir, el condominio indiviso de raíz romana, respecto al cual se establecen algunas novedades, sobre todo en materia de división de la comunidad de bienes, como con relación a las situaciones que resultan del régimen jurídico voluntario de la propiedad horizontal.Esta regulación es, precisamente, una de las novedades de más trascendencia social del Código, dado que la propiedad horizontal ha permitido, en los últimos cincuenta años, una extraordinaria generalización del derecho de propiedad, hasta el punto de convertirse en uno de los instrumentos jurídicos fundamentales que garantizan el acceso de los ciudadanos a la propiedad de la vivienda. La regulación, que parte de la base de la existencia de un inmueble unitario en el que concurren más de un titular y que está compuesto simultáneamente de bienes privativos y bienes comunes relacionados entre ellos de modo inseparable por la cuota o el coeficiente, adopta, actualizándolo, el modelo de la Ley 49-1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal, vigente en el momento de la aprobación de la presente Ley, pero introduce varias mejoras, entre las cuales la sistemática no es la menos trascendente. Así, el capítulo III, que regula la propiedad horizontal, se distribuye en cuatro secciones. La primera contiene las disposiciones generales, con la configuración de la comunidad, el título de constitución, en cuya regulación se garantizan al máximo los derechos de los futuros adquirentes de pisos o locales, y el funcionamiento de la junta de propietarios, detallado, claro y adaptado a las necesidades que la experiencia de los años y la evolución de la legislación hacían imprescindibles, entre las que destaca la limitación del principio de unanimidad a casos muy puntuales. Las secciones segunda y tercera regulan la propiedad horizontal simple y la compleja, esta última adecuada a los conjuntos inmobiliarios con varios edificios pero con zonas comunitarias, como son piscinas o zonas de recreo. Es preciso destacar también la regulación de las zonas comunes de uso privativo y de los elementos privativos de uso común, el establecimiento de la acción de cesación sobre determinadas actividades y la exclusión de los derechos de tanteo y retracto para los locales con garajes y otros usos similares. La sección cuarta regula la propiedad horizontal por parcelas y, de acuerdo con la práctica jurídica, extiende los principios de la normativa a las mal llamadas urbanizaciones privadas".
Fuente: Noticias Jurídicas
martes, 12 de mayo de 2009
GESTIÓN PISCINA COMUNITARIA

En Segur Park tenemos una preciosa piscina comunitaria que alegremente compartimos en cuanto llega el calor y hasta que el frío nos invade. La piscina es una instalación ideal para el ocio en todas las edades, pero también pueden representar un riesgo para la salud si no se tienen en cuenta las condiciones de seguridad y de higiene que corresponden.
Este texto pretende ser una guía de los aspectos que deberá tener en cuenta en la gestión diaria de sus instalaciones (características del agua, autocontrol y normas de régimen interno).
CARACTERÍSTICAS DEL AGUA
El agua de los vasos debe ser filtrada, desinfectada y con poder desinfectante, y cumplir las siguientes características:
- No ser irritante para los ojos, para la piel y las mucosas.
- Estar libre de microorganismos patógenos.
- No hacer perceptible la presencia de sólidos en suspensión, espumas, aceites o grasas.
Para el seguimiento de las correctas condiciones fisicoquímicas y microbiológicas del agua, se fijan los siguientes criterios:
- Nivel Ph 7,0-7,8
-* Cloro libre (en puntos equidistantes) 0,5-2 ppm
-* Cloro combinado (en puntos equidistantes) 0,6 ppm
- Transparencia sin bañistas: Ver el fondo desde cualquier punto de la piscina en el agua con reposo
- Coliformes fecales, staphylococus aureus, pseudomundo aeruginosa y otros patógenos: Ausencia
- Oxidabilidad al permanganato no podrá superar en 4 ppm la correspondiente al agua de entrada, pudiéndose considerar este valor de acuerdo con el tipo de tratamiento.
- Amoniaco (NH4 +) <= 0,5 ppm
* En el caso de que se utilicen otros productos como desinfectantes, estos deberán tener la autorización municipal correspondiente.
- Para el tratamiento del agua de las piscinas deben utilizarse sustancias y productos autorizados de acuerdo con la normativa vigente.
- Los productos para el tratamiento del agua de los vasos, y los productos y utensilios para la limpieza y desinfección de las instalaciones, deben guardarse en un local adecuado, ventilado y excluido del acceso de las personas usuarias. En caso de utilización de cloro líquido o en forma de gas, se deberá prever su situación en una zona separada. Este local debe poder permanecer cerrado con llave.
AUTOCONTROL
Las comunidades de propietarios titulares de las piscinas cuando se trate de inmuebles divididos en régimen de propiedad horizontal, y en cualquier caso sus titulares, son plenamente responsables del funcionamiento, el mantenimiento, la salubridad y la seguridad de las piscinas. Será necesario que disponga de un libro de registro en el que hacer las anotaciones de autocontrol que son necesarias.
El autocontrol debe constar, como mínimo:
Control diario de *
- Los niveles de Ph.
- Los niveles de cloro libre
- Los niveles de cloro combinado
* Habrá que tomar estas medidas al menos 1 vez al día, pero se recomienda hacerlo 2 veces al día, uno a primera hora y el otro en las horas de mayor afluencia de baño.
Una vez cada temporada de baño :
- Una analítica microbiológica del agua que será necesario que lleve a cabo un laboratorio autorizado para garantizar que se cumplen el resto de parámetros establecidos.
NORMAS DE REGIMEN INTERNO
Las instalaciones de piscinas deben disponer de unas normas de régimen interno para las personas usuarias, las cuales serán de obligado cumplimiento y se exponen en lugar visible y fácilmente accesible para estas personas. Deberá haber un mínimo de dos carteles, distribuidos en las diferentes zonas de las instalaciones donde se indiquen las normas de régimen interno.
Estas normas deben contener, como mínimo, las indicaciones siguientes:
- La instalación no dispone de servicios de salvamento.
- Los menores de 12 años podrán hacer uso de la instalación siempre que vayan acompañados de un adultos.
- Es obligatorio utilizar las duchas antes del baño en la piscina.
- Queda prohibido fumar y comer en la zona de playa.
- No se admitirán animales domésticos.
Fuente: Vilafranca, Repsol.
viernes, 8 de mayo de 2009
Reponsabilidad Comunidad de Propietarios
He visto este artículo en el blog de responsabilitat global y no he podido reprimirme. Hace referencia al poco entusiasmo y dedicación tanto de los presidentes de las comunidades como de los administradores-secretarios de las mismas para llevar adelante los asuntos pendientes. Se pasa por estos puestos de forma eventual e intentando que representen el menor trabajo posible. Necesitamos que se asuman las responsabilidades y se realicen las gestiones necesarias para obtener objetivos.
Os lo he traducido para que podais disfrutar de él, sé que muchos de nuestros vecinos les cuesta con el catalán. Creo que vale la pena, ahí va:
"Cada uno tiene una responsabilidad ante la sociedad que va más allá del cumplimiento estricto de la ley, y que por supuesto será más o menos relevante en función de sus impactos, su relevancia, su tamaño, etc. De acuerdo con este razonamiento o punto de vista, en el caso de una comunidad de propietarios, es decir, las asociaciones que agrupan a los propietarios y propietarias de las viviendas de un edificio o varios, comunidad o mancomunidad, también deberíamos poder hablar de cuál es su RSE (o RSO si nos referimos no como empresa sino como organización). Sin duda sus responsabilidades son de carácter legal y sobre todo aquellas que se vinculan con el cumplimiento de sus objetivos en beneficio de la comunidad de propietarios. Y ciertamente eso se puede hacer de muchas maneras, tanto en lo referente al estilo del buen gobierno como la capacidad de escucha y respeto a los intereses de los inquilinos, etc. Existen otros elementos a los que a menudo no se les presta ninguna atención o bien poco, lo que no deja de ser normal si pensamos que para la mayoría de la gente las reuniones de la comunidad no dejan de ser un trámite que hay que cumplir o un quebradero de cabeza a superar cuando hay algún conflicto, pero que no son nunca un marco de encuentro esperado, si exceptuamos el valor que puedan tener de conocimiento entre vecinos que a menudo puede ser que no hayan hablado nunca entre ellos. Entre los aspectos a los que nos referimos y que quedarían en el marco de la gestión de su RSO podemos encontrar en ellos acciones vinculadas a los valores sociales y podemos poner como ejemplo la retirada de la simbología franquista que algunos edificios todavía tienen. Una noticia reciente nos indicaba que sólo el 5% de los edificios de Barcelona con placa franquista ha pedido la retirada gratuita. Esta campaña, inscrita dentro de la Ley de la Memoria Histórica, afecta a las 4.438 placas que aún quedan en la ciudad y que muestran el yugo y las flechas de la simbología fascista. La falta de respuesta no es tanto que no se compartan los valores sino que la relevancia que se da a sacar una plaqueta es muy baja. Y sin duda también hay que tener en cuenta que hay comunidades que sólo se reunen una vez al año. Esta, como otras acciones, a menudo requieren que haya alguna persona con ideales que lo lidere dentro de la comunidad, que lo exponga con convicción, y puede que asuma las gestiones. A veces, la experiencia nos dice que si no es un jubilado o una persona que disponga de un cierto tiempo libre estas gestiones quedan por hacer. La Responsabilidad Social de nuestras organizaciones, incluso las más pequeñas, pasa por asumir compromisos que ayudan a compartir y fortalecer valores sociales democráticos, o vinculados a la cohesión social. Al hacerlo, pasamos a fortalecer unos valores la defensa de los cuales no puede quedar solamente en manos de los poderes públicos sino que la sociedad civil debe recuperar su defensa y promoción, aunque sea con peq
ueños gestos. La lucha por los derechos humanos pasa por la defensa de los valores democráticos en el día a día, con las acciones más cotidianas y expresando el rechazo de todo lo que simboliza la opresión y el fetichismo. En el caso de las comunidades de propietarios, y de una manera más frecuente que el caso que por actualidad hemos comentado, también se dan otras responsabilidades económicas, ambientales y sociales. Entre las ambientales sólo hay que pensar en los consumos energéticos vinculados especialmente a la iluminación, y también en el tipo de productos de limpieza. En cuanto a las económicas, todo lo que pueda hacer referencia al dinero negro y muy especialmente la contratación de personal de limpieza sin asegurar. En cuanto a las responsabilidades en los aspectos sociales podemos hacer referencia a las vinculadas con el idioma. Para poner ejemplos típicos en los que es una empresa externa quien elige el idioma y curiosamente nunca elige la lengua propia del país: los nombres de los pisos de cada rellano, los botones de los contestadores automáticos, las actas de reunión ... Las empresas se aprovechan de la falta de capacidad de presión o sencillamente de plantear la queja por parte de un cliente difuso como son las comunidades de propietarios, que vienen representadas por una persona presidente o secretaria que le ha tocado desarrollar la responsabilidad del cargo temporalmente y que valora destinar el menor tiempo posible a las actividades que se deriven. En último término esto provoca un detalle que sería impensable con otro tipo de cliente: en Cataluña se hace difícil por no decir imposible encontrar un ascensor donde el botón para a "cridar-lo" sea una C (de Cridar, y que al mismo tiempo coincide con el internacional C de Call) en lugar de una LL (de Llamar, en castellano). La razón es esta: los clientes principales, que son las comunidades de propietarios, no lo piden, entre otras cosas porque no dan más importancia a este detalle simbólico o porque piensan que debería hacerlo la administración pública. Si continuamos buscando encontraríamos muchas otras oportunidades para desarrollar la Responsabilidad Social de las Comunidades de Propietarios!".Fuente: Responsabilitat global
martes, 5 de mayo de 2009
Catalunya - Ley Comunidad Propietarios - Llei 5/2006
Aquí, en este enlace, podemos leer la ley catalana sobre comunidades. Sólo para los lectores más ávidos, sólo son unas cuantas disposiciones pero es larga, en todo caso lo tendremos más accesible para consultarla en caso de necesidad. Es la que nos afecta por estar en Cataluña. Además transcribo a continuación las que se derogan, para los que tienen presente la antigua, y la fecha en que entró en vigor la ley.
DISPOSICIÓ DEROGATÒRIA
Es deroguen les normes següents:
a) Els articles 277, 329, 340, 341 i 342 del Decret legislatiu 1/1984, del 19 de juliol, pel qual s’aprova el text refós de la Compilació del dret civil de Catalunya.
b) La Llei 6/1990, del 16 de març, dels censos.
c) La Llei 13/1990, del 8 de juliol, de l’acció negatòria, les immissions, les servituds i les relacions de veïnatge.
d) La Llei 13/2000, del 20 de novembre, de regulació dels drets d’usdefruit, ús i habitació.
e) La Llei 22/2001, del 31 de desembre, de regulació dels drets de superfície, de servitud i d’adquisició voluntària o preferent.
f) La Llei 25/2001, del 31 de desembre, de l’accessió i l’ocupació.g) La Llei 19/2002, del 5 de juliol, de drets reals de garantia.
DISPOSICIÓ FINAL. ENTRADA EN VIGOR: Aquesta llei entra en vigor l’1 de juliol de 2006.
Fuente: Página de Comunidad de Vecinos
domingo, 3 de mayo de 2009
SE ANIMA LA PLAYA
viernes, 1 de mayo de 2009
Os invitamos a compartir..., actas y otra documentación
Simplemente ofrecemos este espacio para compartir cualquier documentación que necesitéis, enviándolo al e-mail segurpark@gmail.com. Aquí se os proporcionará el acceso para ver la zona restringida sólo a propietarios y con toda la documentación al alcance.
La documentación sólo estará disponible para PROPIETARIOS dados de alta previamente. Se deberá acceder por medio de nombre de usuario y contraseña que podéis obtener de forma fácil en el e-mail de contacto.
sábado, 25 de abril de 2009
YA SE HIZO LA REUNION
viernes, 24 de abril de 2009
Mañana Reunión Parking
domingo, 5 de abril de 2009
Algunos Teléfonos de interés Calafell

Policia Local 092
C.A.P. (Centro de Atención Primaria) 977 69 14 18
Dependencias municipales de Segur de Calafell 977 16 25 99
Farmacia Daniel Prat Cunit 977.160.412
Farmacia de Guardia
Policia local Calafell 977 69 90 07
Policia Local Segur 977 67 26 06
Guardia Civil 977 69 19 15
Renfe Calafell 977 69 17 26
Renfe Segur de Calafell 977 16 18 23
Centro Veterinario 977 69 33 05
Taxis Calafell 977 69 03 20
Taxis Segur de Calafell 977 67 31 63
Turismo Calafell 977 69 91 41
sábado, 28 de marzo de 2009
Obligaciones Administrador
Traducido:
"Articulo 553-18. Administración
1. La junta de propietarios designa un administrador o administradora, que gestiona los intereses ordinarios de la comunidad y tiene, como mínimo, las siguientes funciones:
a) Tomar las medidas adecuadas y llevar a cabo las acciones necesarias para conservar los bienes y el funcionamiento correcto de los servicios de la comunidad.
b) Velar porque los propietarios cumplan las obligaciones y hacerles las advertencias oportunas.
c) Preparar las cuentas anuales del ejercicio precedente y el presupuesto.
d) Ejecutar los acuerdos de la junta y efectuar los cobros y los pagos que correspondan.
e) Decidir la ejecución de las obras de conservación y reparación de carácter urgente, de lo cual debe dar cuenta inmediata a la presidencia.
f) Pagar, con autorización de la presidencia, los gastos de carácter urgente que pueden ir a cargo del fondo de reserva.
2. Los administradores son responsables de su actuación delante de la junta."
Original
Article 553-18. Administració
1. La junta de propietaris designa un administrador o administradora, que gestiona els interessos ordinaris de la comunitat i té, com a mínim, les funcions següents:
a) Prendre les mesures convenients i fer els actes necessaris per a conservar els béns i el funcionament correcte dels serveis de la comunitat.
b) Vetllar perquè els propietaris compleixin les obligacions i fer-los els advertiments pertinents.
c) Preparar els comptes anuals de l'exercici precedent i el pressupost.
d) Executar els acords de la junta i fer els cobraments i els pagaments que corresponguin.
e) Decidir l'execució de les obres de conservació i reparació de caràcter urgent, de la qual cosa ha de donar compte immediatament a la presidència.
f) Pagar, amb autorització de la presidència, les despeses de caràcter urgent que poden ésser a càrrec del fons de reserva.
2. Els administradors són responsables de llur actuació davant la junta.
Fuente: Colegio de Administradores de Fincas de Tarragona.
domingo, 22 de marzo de 2009
Curioso y Publicado en 1978
Mira lo que he encontrado en internet. HEMEROTECA DE LA VANGUARDIA.
Casi por casualidad descubro que el periódico La Vanguardia ha digitalizado su hemeroteca, haciéndola accesible a todos los internautas, y permitiendo consultar la edición de cualquier día entre el 1 de febrero de 1881 y hoy mismo, con la excepción de los lunes entre el 2 de febrero de 1920 y el 12 de abril de 1982, ya que ese día no se publicaba diario, por descanso semanal.
Entre el más de millón y medio de páginas disponibles podemos encontrar un anuncio de la venta de nuestros pisos en Segur Park, "allá por el año 78", dato que es cuando menos curioso.
Fuentes: Coscorrón de razón y La Vanguardia.
lunes, 16 de marzo de 2009
Administrador Mancomunidad, Parking, Escaleras A, C y D
Carlos Rión
Susana González
Carme, 10
43820 Calafell
Tel. 977 694 382 (oficina)
Fax. 977 691 071
Movil. 669 31 31 31 (reparaciones, urgencias)
REUNIONES: C/ Vilamar, 82 Local A (Calafell)
Escaleras B, E, F y G:
FINQUES TOMÁS
José Luis Tomás
Susana García
Prat de la Riba 13, baixos
43882 Segur de Calafell
Telf. 977 16 44 43
Fax. 977 67 27 05
domingo, 15 de marzo de 2009
Mancomunidad: conjunto de comunidades
Comunidad: conjunto de propietarios de un edificio.
El Título Constitutivo.
Se trata de un documento que describe el edificio en general y cada piso o local en particular, indicando la extensión, planta, y los anexos, tales como plazas de garaje, buhardillas o trasteros.
El Título se otorga por acuerdo unánime de los propietarios (puede ser un único propietario, ej. promotor) en documento público o privado. Si se quiere que el título goce de la protección y publicidad que deriva de los principios hipotecarios, deberá constar en documento público (escritura ante Notario) e inscribirse en el Registro de la Propiedad. La modificación del Título requiere las mismas normas que para su constitución, exigiendo así la unanimidad de todos los propietarios.
A la hora de adquirir una vivienda, conviene consultar en el Registro de la Propiedad el llamado "Título Constitutivo" de la propiedad horizontal.
En el título se fija la cuota de participación que corresponde a cada piso o local, tomando como base la superficie útil de cada piso o local en relación con el total del inmueble, su emplazamiento interior o exterior, su situación y el uso que se presuma que el propietario en cuestión va a hacer de los elementos comunes.
Los Estatutos
El título suele contener, determinadas reglas de utilización del edificio, sus pisos y locales, instalaciones y servicios, gastos, administración, conservación y reparaciones, etc.; son los estatutos de la Comunidad.
Es importante saber que sólo se pueden modificar los estatutos por unanimidad de todos los copropietarios. Así, por ejemplo, si en los estatutos se prohíbe utilizar las viviendas como oficinas abiertas al público y algún vecino quiere abrir una consulta deberá conseguir la aprobación de todos los vecinos reunidos en Junta.
Todas las Comunidades de Propietarios han de tener, por el solo hecho de su existencia, un Título Constitutivo. Sin embargo, no todas cuentan con Estatutos, aunque pueden hacerse en cualquier momento.
Normas de Régimen interior.
Además de los estatutos, el conjunto de propietarios pueden fijar normas que regulen la convivencia y la adecuada utilización de los servicios y cosas comunes; por ejemplo, fijando el horario de apertura y cierre del portal, el de recogida de basuras, el de la calefacción, sueldo y régimen laboral de los empleados de la comunidad, normas sobre elementos de ornato de fachada, terrazas, balcones, tendido de ropa, uso de carteles anunciadores, régimen sancionador para el caso de incumplimiento de los propios reglamentos, etc.
Este tipo de normas también son de obligado cumplimiento, si bien para su modificación basta el voto de la mayoría simple de los vecinos.
Todas las Comunidades de Propietarios han de tener, por el solo hecho de su existencia, un Título Constitutivo. Sin embargo, no todas cuentan con Normas de régimen interior, aunque pueden hacerse en cualquier momento y pueden estar incluidas en los estatutos.
SEGUR PARK
A.-Descripción de SEGUR PARK según título constitutivo:
Está construido en tres fases, que se registran como tres edificios y una zona mancomunada, zona de la piscina, con su correspondiente Escritura de Declaración de Obra Nueva y División en Régimen de Propiedad Horizontal. Se acompaña organigrama. A saber:
1a.- Fase I: Edificio de las escaleras A y B, sus trasteros y locales: Finca 12018 de Calafell.
1b.- Zona mancomunada: Zona piscina y jardines que la rodean, según nota registral: Finca 12020 de Calafell.
2.- Fase II: Edificio de las escaleras C y D y sus trasteros.
3.- Fase III: Edificio de las escaleras E, F, G y Parking, así como las terrazas y jardines del sobrevuelo del Parking y de la calle Po: todo ello constituye la Finca 12016 de Calafell.
B.- Reparto Gastos según título constitutivo:
1.- Gastos COMUNES a repartir en una cientocincoava parte:
a) Gastos relativos a la zona piscina y los jardines que la rodean, mancomunidad (finca 12020).
b) Gastos referentes al servicio de portería.
2.- Gastos por Edificio a repartir por COEFICIENTES entre los propietarios que integran dicho Bloque o edificio:
Cada Edificio tiene especificado en su Escritura de Declaración de Obra Nueva y División en Régimen de Propiedad Horizontal cuales son y cómo se distribuyen los gastos. Así mismo en la citada escritura están especificados los coeficientes correspondientes a cada piso, trastero y/o local respecto a su Edificio.
3.- Gastos de Administrador de fincas: cada Edificio puede contratar su propio administrador y gestionar sus propios gastos. Igualmente deberá haber un administrador (el mismo o no) para la zona piscina (mancomunada), al igual que para el parking, que gestionará estas zonas.
Conclusión: Cada propietario asume:
a.- Los gastos por coeficiente de piso y/o trastero relativos a su Edificio o bloque.
b.- Una cientocincoava parte de los gastos de la zona de la piscina y los gastos de portería.
c.- Los gastos correspondientes a su parcela de parking si tiene.
CARTOGRAFIA DEL CATASTRO
EDIFICIO I -- ESCALERAS A,B y Zona Mancomunitaria
Imagen del catastro de Paseo Maritimo, nº 265, que integra las escaleras A, B, sus locales y trasteros y la Zona Mancomunitaria. Finca 3911605, hoja del plano CF8641S.EDIFICIO II -- ESCALERAS C y D.
Imagen catastro de la C/ Duero, nº 5 de Segur de Calafell. Edificio que integra las escaleras C, D y sus trasteros. Finca 3911610EDIFICIO III ---- ESCALERAS E, F, G Y PARKING
Imagen del catastro de la c/Po, 6 y calle Duero, nº 1 y 7 de Segur de Calafell. Edificio que integra las escaleras E, F, G, las terrazas sobrevuelo del parking y el parking en si mismo. Finca 3911607